¡Cuidado! Se sospecha que la mayoría de las menores en estado de gravidez, quien las embaraza es un adulto y ahora el Gobierno Nacional los ha puesto en la mira, por lo que oficializó la Ley 60 del 2016, que reforma la Ley 29 de 2002 sobre la menor embarazada y dicta otras disposiciones.
La ley, que entre otras cosas, busca básicamente garantizar la permanencia de la menor embarazada en el sector educativo e informar a los adolescentes sobre la educación sexual, la maternidad y cómo prevenir enfermedades venéreas, también establece como totalmente prohibida la relación sexual de un adulto con un menor, sin excepciones.
Esto es sancionado con pena de dos a cuatro años de prisión.
Esta ley, que acaba de ser promulgada en Gaceta Oficial, con su artículo 13 modifica el artículo 176 del Código Penal que establecía excepciones en cuanto a penas para adultos que mantuvieran relaciones sexuales con un menor, cuando hubiera una relación de pareja permanente debidamente comprobada y la diferencia de edad no fuera mayor de cinco años.
La pena será aún mayor si la menor resulta embarazada
TAMBIÉN PUEDE LEER: 'BUSCAN PROTEGER A LA MENOR EMBARAZADA EN PANAMÁ'
La ley también establece que la menor embarazada tiene derecho a recibir una pensión prenatal del presunto padre y recibir atención integrai, y que el Ministerio de Educación garantizará que pueda terminar sus estudios, ya sea por la aplicación de un sistema de módulos o cualquier metodología adecuada.
Además, para garantizar que las menores embarazadas asistan a clases, el Ministerio de Educación junto al Ministerio de Desarrollo Social, Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia, serán responsables de darles seguimientos a través de los gabinetes psicopedagógicos de los centros educativos.