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    Administradores de PH no pueden suspender servicios básicos a inquilinos

    Por la emergencia nacional
    Publicado el: 26 de marzo del 2020, 12:21 am
    Por Redacción Mi Diario
    CORPRENSA
    Administradores de PH no pueden suspender servicios básicos a inquilinos


    Mientras dure la emergencia nacional los administradores de Propiedad Horizontal (PH), no podrán suspender los servicios básicos indicó la ministra de Vivienda Inés Samudio e instó a las Juntas Directivas a ser solidarios y flexibles en el pago de las cuotas de gastos comunes, suprimir los intereses por mora y fomentar los arreglos y acuerdos de pago.

    Dejó claro que los propietarios que puedan cumplir con sus obligaciones lo hagan, de tal manera que los PH puedan seguir funcionando adecuadamente.

    La funcionaria explicó que los PH, llámese edificios o urbanizaciones, ya sean residenciales, comerciales, industriales, turísticos y otros, requieren además de los servicios básicos, otras prioridades para su funcionamiento, como personal de seguridad, limpieza y mantenimiento de elevadores, escaleras, etc.

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    Samudio aclaró que la entidad que ella preside, solo, da recomendaciones a las Juntas Directivas, ya que son ellos los que pueden adoptar medidas tendientes a preservar la salubridad y seguridad ante la emergencia la nacional que vive el país.

    También explicó que no se necesita reunir a la Asamblea de Propietarios, para tomar decisiones, ya que una vez la Junta Directiva tome las medidas de urgencia, las mismas deben ser publicadas en un lugar visible, para que el administrador haga efectivo su cumplimiento.

    CORPRENSAAdministradores de PH no pueden suspender servicios básicos a inquilinosPH EDIFICIOS/ cortesía MIVIOT

    “He recomendado que las Juntas Directivas de cada uno de los PH, se empodere de la situación de crisis y fomente la responsabilidad en cada uno de los propietarios y en la solución de este problema” dijo la ministra.

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    También manifestó que para que estas sugerencias se hagan efectivas, podrían cerrar las áreas sociales (piscinas, gimnasios, parques), restringir las visitas, salvo aquellas que tengan que ver con temas de salud, bomberos u otra emergencia.

    La ministra Samudio recordó que hay una orden de cuarentena nacional, donde las personas sólo podrán salir en una hora indicada de acuerdo a su último número de cédula si es panameño y si es extranjero con el último número de su pasaporte, si el mismo terminase en letra se tomará en cuenta el primer número que precede a la letra.

    Por otro lado informó que el Miviot se encuentra actualmente reglamentando la Ley de PH, la cual fue enviada a la Presidencia de la República, para su aprobación. Con esta norma se contará con una herramienta que tiene como objetivo mejorar la interacción, entre los propietarios, administradores y Junta Directiva.

    Etiquetas: COVID-19PH edificiosMIVIOTInquilinos

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