El pleno de la Asamblea Nacional (AN) aprobó de manera unánime en tercer debate el Proyecto de Ley Nº 9 “Que modifica la Ley 90 de 26 de diciembre de 2017, sobre dispositivos médicos y productos afines”, con lo cual se crea una moratoria para poder expedir registros sanitarios, obligatorios para importar dispositivos médicos clase D.
Los dispositivos médicos clase D son empleados en medicina cardiológica, cardiovascular y neurocirugíaCon fundamento en el Artículo 163 del Reglamento Orgánico del Régimen Interno, se procedió a la revisión de estilo del referido Proyecto de Ley Nº 9, que reforma la Ley 90. Cumplidas las funciones de la Secretaría General, con fundamento en el numeral 8 del artículo Nº 23, se presentó ante el pleno legislativo para ser aprobado en tercer debate.
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Los dispositivos médicos clase D son empleados en medicina cardiológica, cardiovascular y neurocirugía, que incluyen marcapasos, cardiodesfibriladores, stent coronarios, catéter de quimioterapia, prótesis de ortopedia y dispositivos empleados en la embolización en neurocirugía, entre otros.
La modificación al artículo 27 de la Ley 90 de 26 de diciembre de 2017 quedó de la siguiente manera: “Una vez la Dirección Nacional de Dispositivos Médicos inicie la expedición de registros sanitarios todos los dispositivos médicos o productos afines deberán presentar su registro sanitario vigente para su importación al país.”



