ePaper
    X
    • ePaper
    • Blogs
    • Nacionales
    • Policiales
    • Deportivas
    • Farándula
    • Mundo
    • Salud
    • Ponle la firma
    • Curiosidades
    Nacionales

    Asamblea abre debate para penalizar el fraude de paternidad en Panamá

    Propuesta del diputado Jairo ‘Bolota’ Salazar busca castigar el engaño con multas y pruebas de ADN obligatorias
    Publicado el: 04 de febrero del 2026, 07:02 pm
    Por Monserrat Alzamora
    CORPRENSA
    Asamblea abre debate para penalizar el fraude de paternidad en Panamá


    La propuesta de ley del diputado Jairo Salazar que busca tipificar y castigar penalmente el fraude de paternidad en Panamá, una figura que actualmente no está contemplada de forma específica en la legislación penal del país, será discutida en la Asamblea Nacional.

    La iniciativa fue prohijada este miércoles por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, presidida por el diputado Luis Eduardo Camacho. Los nueve miembros de la comisión votaron de manera unánime a favor de acoger el anteproyecto.

    Previo a la votación, Salazar explicó que el proyecto responde a la ausencia de un marco legal claro para quienes, años después, descubren que reconocieron legalmente como hijo a un menor que no es biológicamente suyo, situación que —según sostuvo— genera consecuencias emocionales y económicas graves.

    El anteproyecto define el fraude de paternidad como toda conducta dolosa destinada a ocultar o falsear información sobre la verdadera filiación de un menor, o a mantener deliberadamente el engaño, causando perjuicios morales o patrimoniales al hombre que asumió la paternidad.

    Sanciones y agravantes

    La propuesta plantea adicionar el artículo 211-A al Código Penal, estableciendo sanciones que incluyen multas de 100 a 500 días-multa. Además, se prevén agravantes que aumentarían la pena entre un tercio y la mitad si el fraude se mantiene por más de cinco años, si afecta a dos o más menores o si se obtiene un beneficio económico reiterado.

    ADN obligatorio e imprescriptibilidad

    Uno de los cambios procesales más relevantes es que la acción de impugnación de paternidad sería imprescriptible cuando se compruebe dolo o engaño. En estos casos, el juez deberá ordenar de oficio pruebas científicas de ADN, y la negativa injustificada a realizarlas será considerada un indicio grave en contra de quien se resista.

    El texto también introduce el llamado derecho de repetición, que permitiría al hombre afectado accionar legalmente contra el verdadero padre biológico si este tenía conocimiento del fraude y lo permitió.

    Salazar afirmó que la legislación vigente deja a muchos hombres en “indefensión jurídica” al descubrir la verdad después de años de asumir responsabilidades alimentarias y afectivas. Con la propuesta, señaló, se busca que la filiación en Panamá repose sobre la verdad biológica y no sobre el engaño.

    Etiquetas: Fraude de paternidadJairo SalazarComisión de Gobierno

    Leer Más

    LAS MÁS LEÍDAS

      1¿Qué pasa con Anuel AA?
      2Michael Amir Murillo, en la cuerda floja tras decisión dura en Marsella
      3Lorena Castillo se muestra feliz en una nueva etapa de su vida
      4Antai sanciona a 28 funcionarios de la Unachi tras investigación por nepotismo
      5Aprehenden a presunto implicado de crimen sangriento en La Turín

    Lotería


    Corprensa Apartado 0819-05620 El Dorado Ave. 12 de Octubre, Hato Pintado Panamá, República de Panamá


    • Corporativo Corprensa
    • La Prensa
    • Mi Diario
    • Ellas
    • Martes Financiero
    • Revista K
    • Content Studio
    • Tus Tiquetes
    • Programa Educativo
    • Busca Fácil
    • Club de Suscriptores de La Prensa
    • A la Mesa
    • f5pa
    • Metro por Metro
    • Impresa Plus
    • Asistente Financiero
    Iniciar Sesión
    Registro
    ¿Necesitas ayuda?Políticas de Privacidad