El pleno de la Asamblea aprobó en tercer debate el anteproyecto de Ley 360 que modifica la Ley 99 de 2019, relativa a la amnistía tributaria para el pago de tributos y al Código de Procedimiento Tributario.
Esta es otra de las medidas para mitigar la baja recaudación y la morosidad de los contribuyentes y así favorecer a las personas que no habían cumplido con sus obligaciones impositivas antes de la entrada del coronavirus.
De acuerdo con la iniciativa, se aliviará la situación de las personas jurídicas y naturales que contribuyen al fisco.

Publio De Gracia, director de la DGI, resaltó que producto de la Ley de Amnistía Tributaria el Gobierno a recaudado unos 156 millones de dólares.
Pueden acogerse al período de amnistía tributaria los contribuyentes, personas naturales, jurídicas y los bienes inmuebles, causados y morosos de pago de los impuestos, tasas y contribuciones especiales al 29 de febrero de 2020.
Si los pagos de los impuestos se realizan desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre del año en curso la condonación será del 85% de la totalidad de los intereses, recargos y multas.
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En tanto, los convenios de pago realizados entre el mes de febrero de 2020 hasta el 31 de diciembre se condonarán al 85% de la totalidad de los intereses, multas y recargos.
Los plazos para el cumplimiento total de los arreglos de pago realizados hasta el 29 de febrero de 2020 se extenderán hasta el 31 de diciembre de 2021 y los arreglos de pago que se realicen después del 29 de febrero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, tendrán hasta el 30 de abril de 2021 para ser cancelados.
Este proyecto posterga la vigencia del Código de Procedimiento Tributario hasta el 1 de enero de 2022.