La Dirección General de Ingresos (DGI) recordó que el martes 31 de marzo de 2026 es la fecha límite para que las personas jurídicas presenten su Declaración Jurada de Renta, siempre que no hayan solicitado prórroga ante la institución. La entidad advirtió que, una vez pasado ese día, se podrían aplicar multas o sanciones por incumplimiento del calendario tributario, especialmente para empresas, sociedades y otras entidades con obligación de declarar el impuesto sobre la renta.
Fecha tope, a quién aplica y prórroga
El plazo general de presentación de la declaración de renta para las personas jurídicas finaliza el 31 de marzo de 2026, correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Esta fecha aplica a empresas, corporaciones, sociedades y demás entes con personalidad jurídica, salvo que el contribuyente haya tramitado de manera formal una prórroga ante la DGI, lo cual puede extender el plazo hasta un mes más en casos específicos.
Las empresas con periodos fiscales especiales, situaciones de suspensión de operaciones o regímenes particulares deben verificar sus fechas en el cronograma de la DGI, aunque, en general, el vencimiento se mantiene alrededor de los tres meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal.
Trámites por e‑Tax 2.0 y No Aplicación del CAIR
La DGI reiteró que la mayoría de trámites, incluyendo la presentación de la Declaración Jurada de Renta, se realizan por el sistema e‑Tax 2.0, la plataforma digital de la institución donde los contribuyentes registran datos, pagan y presentan documentos. Entre los trámites destacados está la gestión de la No Aplicación del Cálculo Alterno del Impuesto sobre la Renta (CAIR), cuya solicitud se tramita en línea mediante e‑Tax 2.0, aunque algunos casos requieren también presentación física de soporte en el Registro Único u otras unidades administrativas.
Alerta contra abusos en facturación electrónica
El director de la DGI, Camilo Valdés, advirtió sobre irregularidades en el uso de las herramientas de facturación electrónica, especialmente en el facturador gratuito ofrecido por el Estado. Explicó que cerca del 80% de los contribuyentes usan dicha herramienta, lo que facilita prácticas indebidas, subfacturación, omisión de ingresos e incluso posibles fraudes fiscales. La institución ha llamado a que el uso de la facturación electrónica se equilibre más con los proveedores de servicios calificados (PACs), fomentando transparencia, registro correcto de ventas y cumplimiento claro de obligaciones tributarias.



