Superar un cáncer ya no deberá convertirse en una carga financiera para toda la vida. Desde este 9 de septiembre, Panamá cuenta con el denominado derecho al olvido oncológico, una protección que permite que personas que dejaron atrás esta enfermedad no tengan que declarar ese antecedente médico al contratar determinados servicios, una vez cumplido el periodo establecido.
El cambio quedó establecido mediante la Ley 547 del 8 de septiembre de 2026, sancionada por el presidente José Raúl Mulino y publicada en la Gaceta Oficial N.° 30607-E. La norma lleva por título “Que establece el derecho al olvido oncológico y dicta otras disposiciones”.
En términos generales, la legislación establece como referencia que hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento sin recaída posterior para que la persona no esté obligada a informar que anteriormente padeció una enfermedad oncológica al contratar servicios bancarios, crediticios y de seguros.
Un cáncer superado no podrá encarecer un seguro
La protección no se limita a permitir que el paciente deje de declarar ese antecedente. También busca impedir que haber padecido cáncer sea utilizado para colocar a la persona en una situación económica desfavorable.
La nueva legislación prohíbe aplicar cláusulas, restricciones, exclusiones, discriminaciones o aumentos de primas relacionados con una enfermedad oncológica ya superada, cuando se haya cumplido el periodo correspondiente sin una recaída.
Esto alcanza servicios como seguros, créditos y productos bancarios, de manera que el historial de cáncer no se convierta indefinidamente en un obstáculo para conseguir financiamiento o contratar una póliza.
La normativa no establece una lista particular de bancos o compañías de seguros. La obligación está determinada por los tipos de servicios comprendidos por la ley.
Además, durante la discusión legislativa se contemplaron periodos diferenciados dependiendo del tipo y estadio del cáncer, con la posibilidad de plazos menores para determinados diagnósticos y etapas tempranas.
Una iniciativa que recibió respaldo unánime
Antes de convertirse en la Ley 547, la propuesta pasó por la Asamblea Nacional como el proyecto de Ley 350, presentado por el diputado Jorge Bloise.
La iniciativa fue discutida con participación de sobrevivientes de cáncer, especialistas y representantes de los sectores bancario y asegurador. Desde su etapa de análisis, el objetivo fue garantizar la igualdad y evitar que quienes habían superado una enfermedad oncológica continuaran enfrentando obstáculos para acceder a productos financieros.
Finalmente, el proyecto recibió en tercer debate 41 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, antes de pasar al Ejecutivo para su sanción.



