El diputado Ernesto Cedeño demandó ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la Ley 563, que dicta el presupuesto general del Estado para 2027, cuatro días después de su publicación en la Gaceta Oficial 30647.
Cedeño, abogado de profesión, pide al pleno de la Corte que declare inconstitucionales siete artículos de la ley. Según él, violan los artículos 2, 19, 214 y 266 de la Constitución.
El presupuesto de la justicia
Cuatro de esos artículos fijan el presupuesto de la justicia. El 29 aprueba el del Órgano Judicial, el 30 el del Ministerio Público, el 31 el de la Procuraduría General de la Nación y el 32 el de la Procuraduría de la Administración.
La demanda también ataca los artículos 7 y 8, que aprueban los gastos corrientes y de capital del Gobierno Central, pero solo en las partidas del Órgano Judicial y del Ministerio Público.
Según el documento, el presupuesto recortó la suma que solicitaron el Judicial y el Ministerio Público. El Judicial pidió $398.6 millones y recibió $352.3 millones, unos $46 millones menos. La Procuraduría General de la Nación, en tanto, calculó $242 millones y obtuvo $204.9 millones, sin contar el Instituto de Medicina Legal.
Sede de la Corte Suprema de Justicia donde se desarrolla el caso Odebrecht.
LP/ArchivoA la Procuraduría de la Administración le asignaron $200 mil menos de lo que pidió.
El diputado advierte en la demanda que el recorte viola el artículo 214 de la Constitución, norma da a la Corte y al procurador general la tarea de formular sus propios presupuestos y obliga al Ejecutivo a incluirlos en el proyecto. También lo considera contrario al artículo 2, que establece la separación de poderes.
El artículo 370
El séptimo artículo es el polémico artículo 370, sobre contrataciones públicas.
Esa norma permite que el Metro de Panamá, el Idaan, Etesa, la Autoridad de Aseo, el Aeropuerto de Tocumen y los ministerios de Educación, Obras Públicas y Gobierno contraten servicios técnicos, repuestos y equipos sin aplicar la Ley de Contrataciones Públicas. La excepción se aplicará en casos fortuitos o urgentes o de interés público, y para compras de menos de un millón de dólares.
En este aspecto Cedeño destaca que esa disposición (el 370) choca con el artículo 266 de la Constitución, que fija la licitación pública como regla para las compras con fondos del Estado. Admite que la Carta Magna permite excepciones, pero afirma que deben estar en la ley de contrataciones públicas y no en un presupuesto anual.
También adversa la frase “asuntos de interés general de derechos poblacionales”, que la ley usa para incluir a los tres ministerios. Por eso cree que la norma viola el artículo 19, que prohíbe los privilegios.
El presidente José Raúl Mulino sancionó la ley de presupuesto, que suma $35,111 millones, el pasado 2 de noviembre.



