La Fiscalía Metropolitana ordenó el archivo provisional de la denuncia penal por calumnia e injuria presentada contra el vicealcalde del distrito capital, Roberto Ruiz Díaz, al concluir que las declaraciones cuestionadas no constituyen delito y están amparadas por el derecho a la libertad de expresión.
La querella había sido interpuesta por Alejandro Miranda, exasesor del alcalde capitalino Mayer Mizrachi, quien alegó que Ruiz Díaz afectó su vida personal, profesional, comercial y familiar al señalarlo públicamente como un posible infractor de normas penales y usurpador de funciones públicas.
El abogado penalista Carlos Carrillo, defensor de Miranda, sostuvo que las afirmaciones del vicealcalde causaron un “daño irreparable al buen nombre” de su cliente, al atribuirle supuestamente el delito de usurpación de funciones públicas.
Sin embargo, al analizar el expediente y las pruebas aportadas —incluidas cuatro entrevistas concedidas por Ruiz Díaz a medios de comunicación— la Fiscalía determinó que las declaraciones del vicealcalde se limitaron a explicar por qué había presentado una denuncia para que se investigara el rol que Miranda estaba desempeñando dentro de la Alcaldía de Panamá.
En febrero de 2025, Ruiz Díaz había advertido públicamente que Miranda ingresó inicialmente como asesor y “amigo” del alcalde, pero que con el tiempo comenzó a asumir funciones cada vez más amplias dentro de la administración municipal.
“Se reunía con el personal, participaba en las juntas directivas de los lunes y coordinaba temas de recursos humanos; su presencia fue creciendo. Además, es ciudadano norteamericano”, señaló entonces el vicealcalde.
La Fiscalía destacó que Miranda sí tenía participación en actividades de la Alcaldía, situación que fue confirmada por el propio alcalde Mayer Mizrachi, quien ante los medios lo reconoció como su asesor y consultor.
En su resolución, el Ministerio Público subrayó que restringir el derecho a la libertad de expresión y a la información supondría un grave menoscabo de las garantías ciudadanas en un Estado democrático, sobre todo cuando se trata de asuntos de interés nacional relacionados con posibles afectaciones a fondos públicos.
Con este fallo, el caso queda archivado provisionalmente y sin imputaciones penales contra el vicealcalde capitalino.


