El Gobierno de Panamá activó la ocupación temporal de bienes en los puertos de Balboa y Cristóbal tras la publicación en Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo No. 23 del 23 de febrero de 2026.
La medida ordena a la Autoridad Marítima de Panamá tomar control temporal de todos los bienes muebles necesarios para mantener la operación continua y segura de ambas terminales portuarias.
El decreto se sustenta en la sentencia constitucional que declaró inconstitucional el contrato aprobado mediante la Ley 5 de 1997 entre el Estado y Panama Ports Company, S.A.

Según el documento, la ocupación por interés social urgente abarca equipos como grúas, vehículos, computadoras, programas y software, estén dentro o fuera de las instalaciones.
La Dirección del Registro Público deberá efectuar la inscripción correspondiente, mientras el Ministerio de Trabajo adoptará medidas para garantizar prestaciones y continuidad laboral de los trabajadores.
El Ministerio de Seguridad Pública brindará apoyo a la Autoridad Marítima, y el Ministerio de Economía y Finanzas, junto a la Contraloría, realizará el inventario y avalúo de los bienes.
El decreto también instruye a las entidades estatales colaborar con la operación ininterrumpida de los puertos. La norma entró en vigor tras su promulgación este 23 de febrero de 2026, firmada por el presidente José Raúl Mulino y el ministro Juan Carlos Orillac para garantizar la continuidad del sistema portuario nacional según lo dispuesto oficialmente en la Gaceta Oficial de la República Panamá.
Este proceso de transición se extenderá por un periodo de 18 meses, durante el cual la Autoridad Marítima de Panamá deberá convocar un acto público para llevar a cabo la adjudicación formal de la concesión de los puertos de Balboa y Cristóbal.



