El Ministerio de Salud (Minsa) ordenó la prohibición inmediata y obligatoria de exigir certificados de salud mental como requisito para acceder a empleos, ingresar a centros educativos o realizar trámites administrativos en Panamá, advirtiendo que las instituciones que incumplan podrán enfrentar sanciones legales y administrativas.
La disposición, emitida por la Dirección General de Salud Pública y la Sección Nacional de Salud Mental, aplica a todas las entidades públicas y privadas del país, incluyendo ministerios, municipios, fuerzas de seguridad, empresas, cooperativas, universidades, colegios, escuelas y agencias de empleo, así como instituciones educativas de todos los niveles: primaria, premedia, media, universitaria y de posgrado.
Según el Minsa, exigir este tipo de certificaciones constituye una práctica discriminatoria que vulnera la Ley 364 de 2023, la cual reconoce la salud mental como un derecho humano fundamental y protege a las personas de cualquier estigmatización en los ámbitos laboral y educativo.
Esta ley también obliga a todas las instituciones públicas y privadas a garantizar la no discriminación, la dignidad y la confidencialidad de las personas con condiciones o antecedentes de salud mental. En su artículo 5 consagra el derecho de toda persona a no ser identificada ni discriminada por padecer o haber padecido un trastorno mental, con protección expresa frente a la estigmatización en el empleo y la educación.
En un comunicado, el Minsa señaló que, desde el punto de vista clínico y científico, los certificados de salud mental carecen de valor predictivo para el desempeño laboral o educativo, ya que describen el estado de una persona en un momento específico y no predicen conductas futuras ni determinan idoneidad profesional.
Agregó que ninguna evaluación psiquiátrica o psicológica puntual puede funcionar como predictor de honestidad, desempeño laboral o cualidades personales. Su exigencia masiva, además, sobrecarga los servicios especializados e impide atender a quienes realmente necesitan atención clínica, en contradicción directa con el espíritu de la Resolución No. 637 del 7 de octubre de 2022.
En virtud de lo anterior, la Dirección General de Salud Pública instruyó a todas las instituciones destinatarias a cesar de forma inmediata la solicitud de certificados de salud mental como requisito de ingreso, matrícula, contratación, ascenso, renovación de contrato o cualquier otro trámite laboral o educativo de carácter general.
Asimismo, ordenó revisar y modificar todos los reglamentos, manuales de procedimientos, formularios de admisión y requisitos de contratación que actualmente incluyan la exigencia de un certificado de salud mental, eliminando dicho requisito de conformidad con la Ley No. 364 de 2023 y el Decreto Ejecutivo No. 61 de 2024.
Además, las entidades deberán informar y capacitar a su personal sobre esta disposición, a fin de garantizar que en ningún nivel de la institución se exija, solicite o condicione el acceso a servicios, empleos o educación al estado de salud mental de las personas.


