El Ministerio de Salud (Minsa) oficializó un decreto que regula la emisión, validez y verificación de los certificados médicos de incapacidad en Panamá, buscando evitar fraudes y proteger la seguridad jurídica y sanitaria de quienes los utilizan.
El Decreto Ejecutivo N.° 17, publicado el 11 de agosto de 2025, establece que a partir de 60 días tras su publicación, médicos y odontólogos autorizados podrán emitir estos certificados, ya sean impresos o electrónicos, con numeración consecutiva y un registro detallado. Cada certificado debe incluir información clave, como el número de registro del profesional, datos del establecimiento de salud, y una copia archivada con el diagnóstico y fechas de incapacidad en el expediente del paciente.
El Minsa, junto al Consejo Técnico de Salud y las Direcciones Regionales, serán responsables de investigar cualquier denuncia o sospecha de certificados falsificados o irregulares. Empleadores, autoridades judiciales o administrativos podrán solicitar la verificación entregando el certificado original o una copia legalizada, y una solicitud con datos completos.
Entre las faltas sancionables están emitir certificados sin base médica real, cobrar sin evaluación, no incluir datos obligatorios o no archivar la información clínica. Los documentos que incumplan serán declarados nulos y los profesionales responsables podrán enfrentar sanciones que registra el Consejo Técnico de Salud.
Esta medida busca ofrecer mayor control y confianza en el uso de certificados médicos, beneficiando tanto a los pacientes como a empleadores y autoridades, garantizando que las incapacidades médicas se emitan y usen bajo estrictos estándares de legalidad y salud.



