El Gobierno puso nuevas reglas sobre la mesa para quienes trabajan en plataformas digitales de transporte en Panamá.
Con la entrada en vigencia del Decreto Ejecutivo No. 10 de abril de 2026, se estableció un marco que redefine cómo deben operar estos servicios, ahora bajo la figura de Taxi de Lujo (TL).
La normativa, firmada por el presidente José Raúl Mulino, busca ordenar el sector y reforzar los controles, especialmente en un contexto donde la seguridad de los usuarios ha cobrado protagonismo.
Uno de los puntos más sensibles es el de los conductores.
El decreto exige que toda persona interesada en manejar en estas plataformas sea panameña, cuente con licencia tipo E-1 vigente y, sobre todo, presente un récord policivo limpio, que certifique que no ha tenido sanciones penales en los últimos diez años.
Además, deberán contar con paz y salvo, historial de infracciones emitido por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), y estar inscritos bajo una prestataria autorizada antes de operar.
En cuanto a los vehículos, las exigencias también suben el nivel.
Las unidades deberán estar en óptimas condiciones mecánicas, tener aire acondicionado, cinturones de seguridad y no superar los siete años de antigüedad.
También deberán portar identificación visible con la nomenclatura “TL”, además del logo de la plataforma y la prestataria.
El decreto deja claro que las plataformas no podrán manejar flotas directamente, limitando su rol a la intermediación entre conductores y pasajeros.
A su vez, las tarifas estarán reguladas por el Estado, con base en estudios técnicos que busquen mantener la competitividad del servicio.
La medida también abre la puerta a pagos electrónicos o en efectivo, mientras que establece un periodo de transición de tres meses para que todos los requisitos se cumplan en su totalidad.



