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    ¡Ojo jubilados! Para cobrar el Cepanim hay que inscribirse en la web del MEF

    La plataforma digital estará disponible en abril y permitirá validar datos, presentar documentos y agendar cita para retirar el cheque en 2026.
    Publicado el: 12 de febrero del 2026, 11:01 pm
    Por Gabriela S. Herrera
    CORPRENSA
    ¡Ojo jubilados! Para cobrar el Cepanim hay que inscribirse en la web del MEF
    ARCHIVO/ Distribución de los 'Cepadem'.


    Si usted es jubilado o pensionado y lleva años esperando ese dinerito pendiente del décimo tercer mes retenido entre 1972 y 1983, preste atención: el pago viene, pero no llegará solo. Hay que inscribirse.

    El ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, informó que los beneficiarios de los Certificados de Pago Negociables por Intereses por Mora (Cepanim) deberán registrarse en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para poder recibir el desembolso previsto para junio de 2026.

    La plataforma digital todavía está en desarrollo, pero se espera que esté habilitada en abril. La recomendación es clara: estar pendientes del sitio oficial del MEF, donde se publicará el procedimiento de inscripción.

    “Este proceso está avanzando bien”, aseguró el ministro, quien insistió en que el trámite será obligatorio para poder cobrar.

    ¿Qué hay que presentar?

    Para completar la inscripción, los interesados deberán subir copia de su cédula. Si se trata de una persona viuda, tendrá que presentar además el certificado de matrimonio y el certificado de defunción de su pareja.

    Una vez validada la información, podrán agendar una cita para retirar el cheque.

    En los casos donde el beneficiario original haya fallecido, el pago no se pierde, pero cambia de manos. Primero tiene derecho el cónyuge, luego la persona con la que haya mantenido una unión de hecho, después los hijos y, si no los hay, otros familiares que deberán iniciar un proceso de sucesión.

    ¿Qué es lo que se está pagando?

    Mediante la Ley 506, sancionada el 15 de enero de 2026, se ordenó el pago de los intereses por mora del 3% correspondientes a la segunda partida del décimo tercer mes retenida entre 1972 y 1983.

    Es importante aclarar algo: el antiguo Cepadem incluía capital e intereses. El Cepanim, en cambio, solo contempla el pago de los intereses por mora acumulados hasta 2017.

    Dato

    Según estimaciones oficiales, el monto total supera los 2 millones de dólares.

    Etiquetas: CepanimJubiladosMinisterio de Economía y FinanzasRequisitos

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