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    Panamá aprueba ley para formalizar la buhonería

    La nueva Ley 540 establece un marco regulatorio para la formalización progresiva de los buhoneros y entrará en vigor en octubre de 2026, tras un periodo de reglamentación
    Publicado el: 05 de julio del 2026, 06:31 pm
    Por Alis Fernández Aguilar
    CORPRENSA
    Panamá aprueba ley para formalizar la buhonería
    El documento reconoce cuatro categorías de buhoneros, clasificadas de acuerdo con la forma en que desarrollan su actividad económica.


    Muchos panameños, en diferentes partes del país, obtienen el sustento de sus hogares mediante la buhonería. Sin embargo, esta práctica, tan común, ha enfrentado numerosos retos a lo largo de los años debido a su carácter informal.

    Como una forma de regular esta actividad, Panamá cuenta ahora con una ley que establece el marco normativo para la formalización progresiva de los buhoneros. La norma indica que busca garantizar el derecho al trabajo y a la dignidad de quienes ejercen esta ocupación, al tiempo que regula su presencia en los espacios públicos.

    Se trata de la Ley 540 de 2 de julio de 2026, publicada en la Gaceta Oficial No. 30560 el viernes 3 de julio de 2026. El documento señala que el Órgano Ejecutivo dispone de un periodo máximo de seis meses, contados a partir de la promulgación de la ley, para elaborar el reglamento que definirá los detalles operativos de su aplicación. Es decir, este plazo vencería a principios de enero de 2027.

    Se especifica que la ley no entrará en vigor de forma inmediata, sino que comenzará a regir tres meses después de su promulgación, por lo que su aplicación efectiva iniciará en los primeros días de octubre de 2026.

    El documento reconoce cuatro categorías de buhoneros, clasificadas de acuerdo con la forma en que desarrollan su actividad económica. Estas son: buhoneros de puesto fijo, quienes utilizan estructuras permanentes como quioscos o casetas; de puesto semifijo, quienes operan con carretillas, mesas plegables u otros elementos móviles; ambulantes, quienes se desplazan de manera constante por calles y aceras; y de temporada, quienes ejercen la actividad durante festividades, eventos públicos o temporadas comerciales.

    La normativa también crea el Registro Nacional de Buhoneros, que estará bajo la rectoría del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) y funcionará de manera coordinada con los municipios. Este registro tendrá como finalidad centralizar la información del sector y facilitar su incorporación a la economía formal.

    Para obtener el permiso de acreditación de buhonero autorizado, los solicitantes deberán cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, ser ciudadanos panameños, presentar copia de la cédula de identidad personal, estar inscritos en el Registro Nacional de Buhoneros y entregar una declaración jurada sobre la actividad que realizan, junto con un croquis del área donde operarán.

    Asimismo, quienes se dediquen a la venta de alimentos deberán contar con los carnés de salud blanco y verde.

    Etiquetas: Buhoneríamarco normativoformalización

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