El Tribunal de Juicio Oral en caso “pinchazos”, integrado por los jueces Roberto Tejeira (Presidente), Arlene Caballero (Relatora) y Raúl Vergara (Tercer juez), que declaró de manera unánime no culpable al expresidente de la República Ricardo Martinelli, ordenó también que se levante la medida cautelar de arresto domiciliario que tenía, pero aclaró que se mantiene el impedimento de salida del país.
De acuerdo a un informe del Órgano Judicial, la medida se da hasta que se haga la lectura de la sentencia el próximo lunes 26 de agosto del 2019, a las 4:00 p.m.
Se le acusaba de los delitos de seguimiento y vigilancia sin autorización judicial, interceptación de las telecomunicaciones sin autorización judicial, peculado por sustracción y peculado de uso, por los que la Fiscalía lo acusaba y pedía una pena de 21 años en total.
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El Tribunal de Juicio Oral manifestó que, luego de un examen general de las pruebas desahogadas en juicio, llegaron a la conclusión de que el Ministerio Público no logró acreditar su Teoría del Caso; “por cuanto, ante la gran cantidad de inconsistencias y el no acatamiento de la normativa que regula la actividad probatoria, afloran gran cantidad de dudas razonables, que no permiten resquebrajar el estado natural de inocencia que opera a favor del acusado”, dice la sentencia.
Además, el Tribunal de juicio, en audiencia de comunicación del sentido del fallo manifestó que le está vedado fundamentar un veredicto de culpabilidad ante lo que llamó "la evidente violación del debido proceso y el derecho de defensa desde el primer acto de investigación; amén de que, según algunos de los testigos, para la obtención de sus declaraciones se ejercieron actos que atentan contra la dignidad humana, pudiendo estar revestidas de ilicitud".
El veredicto se vierte tras 4 meses y 22 días de juicio oral en los que se presentaron más de 40 testigos entre todas las partes, así como varios peritos. También fueron ventiladas en esta fase más de 45 pruebas documentales, entre las que se encontraban cinco discos compactos y dvds.
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Este caso inició en el 2015 y fue llevado bajo la jurisdicción de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), porque el expresidente tenía fuero al ser diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen).
Sin embargo, el 7 de diciembre del 2018, por decisión del Pleno de la CSJ se declinó la competencia y el caso pasó al Sistema Penal Acusatorio.