Según el Código Judicial panameño, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Tribunales Superiores y Tribunal Superior de Trabajo tienen derecho a hasta 100 galones de gasolina al mes, pagados por el Estado. Este beneficio se extiende a sus vehículos personales, que pueden portar placa oficial.
No se trata solo de combustible. El Artículo 64 del Libro I de Organización Judicial establece también privilegios de importación: los magistrados pueden importar un automóvil libre de impuestos o gravámenes cada tres años, siempre que cuenten con la aprobación del Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas.
Reglas y condiciones para importar autos
El vehículo importado bajo este beneficio debe cumplir ciertas condiciones:
No puede ser vendido antes de tres años.
En caso de robo, accidente o pérdida total, el magistrado puede solicitar una nueva exoneración.
La solicitud debe ser justificada ante las autoridades correspondientes.
Estos privilegios buscan garantizar que los magistrados dispongan de vehículos funcionales y movilidad suficiente para el desempeño de sus funciones.
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Otros funcionarios judiciales
No todos los jueces reciben los mismos beneficios. Los jueces de circuito y municipales también cuentan con placa oficial, pero no reciben combustible gratuito ni exoneración de impuestos para importar autos. Esto marca una clara distinción entre los diferentes niveles del sistema judicial.
Lo que dice la ley
El Código Judicial regula estos beneficios dentro de la sección que administra los cargos judiciales. Los privilegios están pensados para facilitar la labor de quienes ocupan altos cargos en la justicia, aunque también generan atención y debate público sobre su alcance y aplicación.


