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    TE confirma reparto millonario a partidos políticos

    La Corte Suprema ratificó en 2020 la constitucionalidad del subsidio político y blindó estos fondos millonarios
    Publicado el: 02 de septiembre del 2025, 07:59 pm
    Por Monserrat Alzamora
    CORPRENSA
    TE confirma reparto millonario a partidos políticos
    Banderas partidos políticos de Panamá. LP/Elysée Fernández


    El Tribunal Electoral (TE) anunció que los nueve partidos políticos con personería jurídica vigente recibirán $10.9 millones en subsidio poselectoral durante el año 2026. El anuncio lo realizaron los magistrados Narciso Arellano, Alfredo Juncá y Luis Guerra Morales durante su comparecencia del martes 26 de agosto ante la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional.

    Según explicó Bertha de Chang, directora de Finanzas del TE, la fórmula para repartir los fondos está definida en el artículo 216 del Código Electoral. La norma indica que:

    • El 20% del total se distribuye en partes iguales entre los partidos que mantienen su personería.

    • El 80% restante se reparte según los votos obtenidos en las cuatro elecciones generales (presidente, diputados, alcaldes y representantes).

    De esta manera, cada voto tiene un valor monetario, calculado al dividir ese 80% entre la suma de votos válidos de partidos y candidatos de libre postulación, y luego multiplicado por los votos alcanzados por cada agrupación o aspirante independiente.

    De acuerdo con los registros del TE al 21 de agosto pasado, en Panamá hay 1,568,875 personas inscritas en partidos políticos. El PRD continúa siendo la mayor fuerza, con 576,439 miembros, mientras que el más reciente en la arena política es el Frente Amplio por la Democracia (FAD), que celebró su convención constitutiva el 24 de agosto.

    Respaldo de la Corte Suprema

    El subsidio político ha sido objeto de debate en el país. Sin embargo, en febrero de 2020 la Corte Suprema de Justicia lo ratificó al declarar constitucional el artículo 190 del Código Electoral, que asigna al TE un 1% de los ingresos corrientes del Estado para estos fondos. La sentencia argumentó que el artículo 141 de la Constitución faculta al Estado a realizar estos desembolsos siempre que la ley lo regule, lo que legitima este mecanismo de financiamiento.

    (Con información de Eliana Morales Gil)

    Etiquetas: Tribunal Electoralpartidos políticossubsidio

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