Con el objetivo de aclarar las dudas surgidas entre los contribuyentes, la Dirección General de Ingresos (DGI) informó que el Certificado de Pago Negociable (CEPANIM) no está autorizado para cancelar los impuestos que son administrados por la entidad.
La institución explicó que este certificado, creado mediante la Ley 506 de enero de 2026, no puede utilizarse para el pago de tributos bajo la administración de la DGI, por lo que exhortó a los ciudadanos a tomar en cuenta esta disposición al momento de cumplir con sus obligaciones fiscales.
Según la entidad, el pronunciamiento responde a las múltiples consultas recibidas en los últimos días por parte de personas interesadas en conocer el alcance del CEPANIM. La intención del comunicado es evitar interpretaciones erróneas y brindar información precisa para que los contribuyentes realicen sus trámites sin contratiempos.
Asimismo, la DGI recomendó a la población mantenerse atenta a los avisos publicados a través de sus canales oficiales, donde continuará compartiendo información relacionada con los procedimientos tributarios y otras disposiciones de interés.
La institución reiteró que cualquier consulta sobre este tema puede realizarse mediante sus plataformas oficiales de comunicación, con el fin de garantizar que los contribuyentes reciban orientación confiable y actualizada.



