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                  Transportistas colegiales deberán utilizar facturas fiscales

                  Como parte de la aplicación de la ley que deduce los gastos escolares en beneficio de los contribuyentes y dependientes
                  Publicado el: 10 de febrero del 2020, 11:33 PM
                  Por Vivian Jaén
                  Transportistas colegiales deberán utilizar facturas fiscales
                  En las próximas semanas se iniciará el período escolar 2020, en la que miles de padres de familias contratan estos servicios colegiales. | Pastor Morales


                  Con motivo de la aplicación de la ley que deduce los gastos escolares en beneficio de los contribuyentes y dependientes, más de mil 500 transportistas de buses escolares del país, tendrán que cambiar las tarjetas de cobros y migrar a las facturas fiscales que exige la Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

                  A través de un comunicado ka DGI informó que les fue notificado a los dueños de buses colegiales del cambio en una reunión convocada por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), en vista que en las próximas semanas se iniciará el período escolar 2020, en la que miles de padres de familias contratan estos servicios colegiales, por lo que deben ajustarse a las nuevas circunstancia y realidades que exige la ley.

                  LEA TAMBIÉN: Minsa realizará operativos de verificación de alimentos durante el Carnaval

                  “En el pasado período escolar, los padres de familia firmaban una tarjeta como constancia de los pagos que realizaban a los transportistas, pero esta modalidad deberá cambiar este año al entrar en vigencia la Ley 37 de 5 de junio de 2018, que permite que los gastos escolares sean deducibles del Impuesto Sobre la Renta”, reseña el comunicado.

                  El Mef señaló que estas compras y servicios tienen que ser presentadas ante la institución con factura fiscal original, como elemento esencial para poderse acoger al beneficio de la deducibilidad de los gastos escolares, lo que obliga a los transportistas de colegiales actualizar sus métodos de cobro para poder mantenerse en este sistema.

                  Los expertos de la DGI explicaron que la Ley 37 les permite a los padres de familia deducir de la matrícula, los útiles escolares, uniformes (camisa, pantalón, zapatos, correas, entre otros gastos) y el transporte, hasta por un monto de 3 mil 600 dólares por cada dependiente.

                  Etiquetas: PanamáMinisterio de Economía y FinanzasDirección General de IngresosTransportistasColegiales
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