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    ¿Tus padres fallecieron? Así puedes reclamar los Cepanim y no perder ese dinero

    El MEF habilita desde este lunes el registro digital para los Cepanim, incluyendo a familiares de beneficiarios fallecidos. Hijos, cónyuges y convivientes podrán iniciar el proceso cumpliendo requisitos específicos.
    Publicado el: 20 de abril del 2026, 03:01 pm
    Por Emily Sánchez
    CORPRENSA
    ¿Tus padres fallecieron? Así puedes reclamar los Cepanim y no perder ese dinero


    A partir de este lunes 20 de abril, desde las 8:00 a.m., el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) activará el registro digital para los Certificados de Pago Negociables por Intereses por Mora (Cepanim), un proceso que también incluye a familiares de beneficiarios fallecidos.

    Este punto ha generado especial atención, ya que muchas personas que tenían derecho a estos pagos ya no están, pero sus familiares aún pueden reclamar el beneficio.

    Se estima que más de 425 mil personas podrán acceder a la plataforma para validar su información y avanzar en el trámite correspondiente al décimo tercer mes retenido entre 1972 y 1983, junto con los intereses acumulados durante 34 años.

    TAMBIÉN PUEDE LEER: Error tras error: página del MEF para registro de CEPANIM continúa caída este lunes

    Cómo pueden reclamar los hijos

    En el caso de los hijos, considerados dentro del tercer nivel de prelación, el proceso exige documentación específica para poder avanzar en la solicitud.

    🔹 Requisitos para hijos de beneficiarios fallecidos:

    • Certificado de defunción del padre o madre

    • Certificado de nacimiento que confirme el parentesco

    Si existen varios hijos, deberán ponerse de acuerdo para designar a una sola persona que realice el registro en la plataforma. En caso de no lograr consenso, todos los interesados deberán presentarse juntos tanto para el retiro del pago como para su canje en comercios o en el Banco Nacional.

    Otros familiares también pueden aplicar

    El proceso no se limita a los hijos. También podrán iniciar el trámite:

    • Cónyuges, presentando cédula, certificado de defunción y certificado de matrimonio

    • Convivientes o uniones de hecho, quienes deberán aportar cédula, certificado de defunción y una resolución de juez de paz que valide la relación

    Un proceso esperado por años

    La habilitación de este registro marca un paso importante para miles de familias que han esperado durante décadas el acceso a estos fondos. Ahora, todo dependerá de la validación digital y del cumplimiento de los requisitos establecidos por el MEF.

    Etiquetas: CepanimMEFDécimo tercer mesbeneficiarios fallecidosBanco NacionalRegistro digital

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