Un hombre tendrá que permanecer detenido provisionalmente por el delito de violencia doméstica. Amenazó a su expareja embarazada con un arma de fuego en su propia casa, ubicada en San Cristóbal, distrito de San Miguelito.
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Se pudo conocer que la víctima fue agredida por primera vez el 23 de febrero y se encontraba en su quinto mes de embarazo. Ella interpuso una denuncia contra su expareja por haberla golpeado, agredido verbalmente y la amenazó de muerte.
La embarazada a quien se le brindaron las medidas de protección pertinentes, no compareció para realizarse las evaluaciones médicos legales, por lo que estaba siendo requerida por la Fiscalía para cumplir con los procedimientos a fin de darle continuidad al proceso penal.
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Tres meses después el hombre regresó a la casa de su expareja y la volvió agredir, la mujer se encontraba en su octavo mes de embarazo.
Por lo que un juez de garantía le formuló la imputación de cargos y la medida cautelar de detención provisional mientras dura la investigación.
La Ley 82 del 2013 define que se entenderá por violencia contra las mujeres cualquiera acción, omisión o práctica discriminatoria basada en la pertenencia del sexo femenino en el ámbito público o privado, que ponga a las mujeres en desventaja con respecto a los hombres, les cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico y patrimonial.
El artículo 200 de la misma Ley 82 fija que este tipo de agresiones puede ser sancionada hasta con años de prisión.