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    Condenan a una persona por añadir a otra a un grupo de Whatsapp sin permiso

    Publicado el: 20 de enero del 2018, 06:26 pm
    Por Redacción Mi Diario
    CORPRENSA
    Condenan a una persona por añadir a otra a un grupo de Whatsapp sin permiso
    WhatsApp


    Ser incluido sin haber sido notificado y aprobado de forma previa atenta contra la privacidad. La decisión de un concejal de una localidad vecina a la ciudad española de Valladolid de introducir a 255 de sus vecinos en un grupo de WhatsApp va a traer cola.

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    La Agencia Española de Protección de Datos sentenció que introducir contactos en un grupo de WhatsApp sin su permiso vulnera el derecho a la privacidad.

    En los grupos de WhatsApp todos los miembros pueden ver el número de teléfono del resto, haciendo que ser incluido sin haber sido notificado y aprobado de forma previa atente contra la privacidad.

    En el caso investigado, un concejal de Boecillo, un pequeño pueblo a pocos kilómetros de la capital vallisoletana, creó un grupo de WhatsApp con el fin de notificar a varios de sus habitantes de información relacionada con el ayuntamiento. 255 en total, que es el límite técnico para grupos de WhatsApp.

    El concejal recogió números de teléfono personales, incluyendo el del denunciante, que apareció en la agenda municipal por una llamada previa.

    Tras la petición de la AEPD para entregar pruebas escritas de consentimiento de cada uno de los miembros del grupo, el ayuntamiento de Boecillo solo pudo ofrecer este detalle sobre 37 miembros del grupo.

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    De esta forma, según la Ley Orgánica de Protección de Datos, suponía 218 infracciones graves -contando con el concejal- por hacer visible de forma electrónica el número de teléfono de los miembros del grupo.

    En la resolución final, disponible en la web de la agencia, no va a imponer ninguna multa gracias a que el grupo fue prontamente clausurado por otro de los concejales ante las quejas de los integrantes.

    La comunicación de datos y circulares electrónicas debe hacerse siempre de forma individual, y solo en común cuando sea expresamente solicitado.

    De cualquier otro modo, los integrantes podrán acceder a datos privados de otros miembros, como su dirección de correo electrónico o su número de teléfono.

    Vía: Informe 21


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