Dos vallas con propaganda política fueron desmontadas por personal de la Dirección Regional del Tribunal Electoral de Arraiján en la carretera Interamericana, a un costado del Puente de Las Américas, debido a que se encontraban ubicadas en terrenos municipales designados como servidumbre pública.
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La diligencia está fundamentada en el artículo 237 del Código Electoral, que indica lo siguiente: 'Queda prohibida la colocación de propaganda electoral fija, incluyendo pegar, pintar o empapelar en los siguientes lugares:
Las servidumbres públicas, incluyendo, pero no limitado, a las aceras, cordones e isletas'.
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Colaboradores del Departamento de Asesoría Legal del TE indicaron que luego de esta acción, se inicia el proceso administrativo y se le comunicará sobre la remoción al candidato que aparecía en la valla con propaganda electoral.
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El TE reitera a las empresas , que está prohibido el alquiler vallas para propaganda electoral, que estén ubicadas en la servidumbre pública, aun cuando los respectivos municipios hayan dado en concesión el uso del terreno, pues una cosa es la utilidad comercial y otra la electoral. Tribunal Electoral.
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