El Servicio Nacional de Migración (SNM) ordena el levantamiento de la suspensión de los términos legales aplicables a los procesos administrativos migratorios en curso, a partir del 8 de junio.
Con esto, según se establece en la Resolución No. 8189 del 29 de mayo de 2020, se extiende hasta el 7 de junio de 2020, la vigencia de los permisos de residencia de los extranjeros que vencieron a partir del 13 de marzo de 2020.
La primera semana de apertura (del 8 al 12 de junio) SÓLO se atenderá a abogados idóneos, en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., para realizar trámites migratorios, con la finalidad de ir desalojando sus procesos atrasados y darle paso a una mejor y más expedita atención a los usuarios extranjeros durante la siguiente semana (a partir del 15 de junio).
Además, a partir del 8 de junio se estará atendiendo las citas de Entrevistas Matrimoniales. Tal cual lo regula el Minsa y hasta que todo se normalice, sólo se atenderá el 25% del aforo regular (a la vez) y a medida que van saliendo los atendidos, se puede dar paso a otros en espera. Para los usuarios de NOTIFICACIONES (2do Piso - Regularización Migratoria), podrán llamar al 311, donde se les estará ofreciendo atención sobre su fecha de cita para asistir a las oficinas del SNM.
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Habrá un periodo de 3 meses, a partir del 8 de junio, para que los extranjeros realicen sus trámites y presenten sus solicitudes, sin que esto implique multas ni recargo por el vencimiento.
Esto aplica para las personas cuya documentación 1 expiró durante el periodo comprendido entre el 13 de marzo al 7 de junio de 2020. Mediante la Resolución No. 8189 también se reconoce como vigente la documentación previamente expedida y que haya expirado durante el periodo comprendido entre el 13 de marzo al 7 de junio de 2020, por un periodo de 3 meses, exceptuando las cartas de referencia bancaria y certificados de salud, los cuales sí deben ser debidamente actualizados.
Es importante destacar que quienes se encuentren en territorio de Panamá en calidad de turistas, tendrán 3 meses para salir del país o iniciar su proceso de migratorio, según cada caso. Todo documento que esté fuera de los términos, entre 13 de marzo y el 7 de junio de 2020, debe atender su trámite de manera regular y responsabilizarse por las multas correspondientes.
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Para cualquier trámite, se debe cumplir con todos los requisitos que define el Servicio Nacional de Migración, según el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008 y su reglamentación.
Dinámica de Atención: - La semana del 8 al 12 de junio se atenderá solamente a los abogados idóneos y entrevistas matrimoniales. Horario de atención: de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. A partir de la semana del 15 de junio, iniciaremos el proceso de tomas de fotografías para los extranjeros que así lo requieran y la atención a los usuarios en general.
Toda la información sobre el proceso de notificación para los trámites de regularización migratoria, se estará publicando el listado en nuestra página web www.migración.gob.pa.



