El Ministerio de Salud (Minsa), acogió las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación con la validación de autorización de Uso de Emergencia para las vacuna contra el SARS-CoV-2, como mecanismo para facilitar la disponibilidad y el uso en el territorio nacional, por las instituciones públicas de salud.
Mediante el Decreto Ejecutivo N° 99 de 15 de febrero de 2021 autoriza por razón de la emergencia sanitaria y mientras dure declarada por la pandemia de la covid-19, la importación de las vacunas contra el SARS-CoV-2, que requieran las instituciones públicas, a fin de garantizar su disponibilidad y salvaguardar la salud de la población, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 1 de 2001.
Los requisitos para la autorización de importación de las vacunas contra el SARS-CoV-2, serán establecidos mediante resolución por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1 de 10 de enero de 2001.
Corresponderá a la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud, emitir como medida extraordinaria, la autorización de Uso de Emergencia que permita el uso provisional y condicionado de las vacunas contra el SARS-CoV-2, según sea solicitada por las casas farmacéuticas para uso de las instituciones públicas.
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La Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud, establecerá mediante resolución, el procedimiento para la emisión de la Autorización de Uso de Emergencia.
En el artículo 4 del citado decreto recomienda a los profesionales de salud, extremar la precaución y la vigilancia de la posible aparición de reacciones no esperadas en las personas que se le aplique estas vacunas, advirtiendo a ellos y a sus familiares que consulten con su médico, ante cualquier signo que sugiera un cambio de comportamiento.



