El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado por la sociedad Colegio Bilingüe de Panamá S.A contra la Resolución DNP N°154-22 de 16 de febrero de 2022, emitida por el Director Nacional de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
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La causa guarda relación con la sanción de 5 mil dólares que impuso la Acodeco al Colegio Bilingüe de Panamá S.A por discriminación, ya que según el director de la entidad, Jorge Quintero el centro escolar negó el cupo a dos estudiantes para que continuarán sus estudios cuando los mismos tenían varios años en el plantel.
Quintero indicó en su momento que la sanción se aplicó por no seguir el debido proceso considerando que lo que se hizo fue no renovar el cupo para que los estudiantes siguieran recibiendo sus clases.