El presidente de la República, Laurentino Cortizo, objetó de forma parcial, por inexequible, el artículo 12 del proyecto de ley 776, que modifica el Código Electoral en lo que respecta a la revocatoria de mandato de los diputados, y devolvió la iniciativa a la Asamblea Nacional.
Luego de analizar la reforma aprobada por el pleno legislativo, el presidente Cortizo concluyó que el citado artículo 12, que adiciona el artículo 438-A al Código Electoral, es contrario a la Constitución Política de la República al establecer que los partidos políticos no podrán expulsar y/o revocar el mandato de los diputados por decisiones aprobadas por la mayoría de diputados de una fracción parlamentaria.
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Además consideró que los artículos 138, 150 y 151 de la Constitución señalan que los diputados representan en la Asamblea Nacional a sus respectivos partidos políticos, que a su vez expresan el pluralismo político; además, que la Constitución establece las causales de la revocatoria de mandato.
El jefe del Ejecutivo planteó que la Constitución señala que los partidos políticos deben instaurar las causales de revocatoria de mandato en sus estatutos, previo a una elección, por lo que es prohibido expedir leyes contrarias a la letra o espíritu de la Constitución.
La modificación aprobada por la Asamblea Nacional al procedimiento de revocatoria de mandato,tenía el propósito principal de beneficiar a 15 diputados disidentes de CD, los que enfrentan un proceso interno de expulsión y revocatoria de mandato.