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    Juzgado Civil sanciona a un colegio particular por prácticas discriminatorias

    La demanda fue presentada por la Acodeco
    Publicado el: 24 de mayo del 2021, 03:00 pm
    Por Sonia Navarro
    CORPRENSA
    Juzgado Civil sanciona a un colegio particular por prácticas discriminatorias
    Acodeco. CORTESÍA


    El Juzgado Séptimo Municipal Civil de la provincia de Panamá mediante la sentencia Nº 3 de 8 de abril de 2021, confirmada en el Auto Nº 43 de 10 de mayo de 2021, sancionó a la Academia Bilingüe San Lorenzo, en razón de daño material y daño moral, por la discriminación en contra de un estudiante del plantel, acreditada en el proceso.

    La Defensoría de Oficio de la Acodeco, entregó un cheque por $1,172.60, según fue dictaminado dentro de proceso judicial en favor de los demandantes Luis Aldeano y Milinda Castro de Aldeano en contra de Academia Bilingüe San Lorenzo.

    El caso se suscita por diferencias en cuanto a los costos de las clases virtuales ,a raíz de esto se le suspende el uso de la plataforma de trabajo por lo que el estudiante se ve afectado perdiendo el año escolar.

    La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), recordó que los centros educativos, estos no pueden, por ejemplo, suspender, cancelar o bloquear el servicio educativo a un consumidor, solo por el hecho de que el mismo interponga una queja ante cualquier instancia, ya sea la Acodeco, Meduca, Defensoría del Pueblo o cualquier otra, que el consumidor acceda, debido a que este es un derecho ciudadano.

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    Agrega que los colegios no deben realizar ningún acto de discriminación en perjuicio del consumidor o del estudiante menor de edad, ya que puede vulnerar sus derechos según la ley de protección al consumidor y además puede infringir lo dispuesto en la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño, el Código de Familia y del Menor, las normativas de Meduca, entre otras leyes.

    La Acodeco indicó que en caso de que un centro educativo realice un acto de discriminación o lo establezca en su contrato de prestación de servicio educativo, inserto en una cláusula abusiva, en este último caso por ejemplo el consumidor tiene derecho a interponer una queja por este motivo, si no logra un acuerdo o conciliación, y de ser viable, se pueda interponer una demanda en los Tribunales de Justicia de Asuntos del Consumidor, a través de los abogados del Departamento de Defensoría de Oficio o de un abogado particular.

    Etiquetas: AcodecoJuzgado CivilColegio ParticularPanamá

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