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    Minsa prohíbe actividades que provoquen aglomeraciones, incluye a los centros comerciales

    Además establece otras disposiciones en el caso de las reuniones laborales
    Publicado el: 12 de diciembre del 2020, 06:15 pm
    Por Sonia Navarro
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    CORPRENSA
    Minsa prohíbe actividades que provoquen aglomeraciones, incluye a los centros comerciales
    Largas filas para adquirir las zapatillas de colección Air Jordan 1 J. Balvin en su lanzamiento en Panamá. Imágenes: Cocoas


    Luego que la semana pasada se observara filas de personas para ingresar a un centro comercial a comprar unas zapatillas rebajadas, el Ministerio de Salud (Minsa), mediante la Resolución N° 1386 de 11 de diciembre de 2020 establece medidas extraordinarias relacionadas con las aglomeraciones de personas, a fin de mitigar la propagación de la covid-19 en lugares públicos, comerciales o de cualquier índole.

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    El Minsa prohíbe la realización de cualquier tipo de actividades que conlleve aglomeraciones en sitios mencionados y en el caso de las reuniones laborales, solo se permitirá solo se permitirá la participación de un máximo de 10 personas, siempre que cumplan con el distanciamiento de 2 metros y las demás medidas de bioseguridad.

    En el artículo 2 de la citada resolución se indica que el Minsa, en coordinación con los estamentos de seguridad pública y la Fuerza de Tarea Conjunta, velará por el cumplimiento de las medidas establecidas y tomará medidas contra las personas que ocasionen aglomeraciones.

    Las personas que no cumplan con las disposiciones serán sancionadas por la autoridad competente y según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 961 de 18 de agosto de 2020.




    Etiquetas: covid-19MinsaAglomeracionesCentros comercialesPanamá

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