Temas como: ¿ quiénes pueden activar la iniciativa ciudadana ? ; presentación del memorial ; trámite de la solicitud ante el Tribunal Electoral (TE); término para la recepción de las solicitudes; métodos y plazos para la recolección; reconocimiento, renuncia e informes de avance de la recolección de firmas; y la publicación sobre el cumplimiento o no de la cantidad de firmas; las impugnaciones y sus causales fueron actualizados por el TE, en el documento que reglamenta el trámite de recolección de firmas para la convocatoria a una Asamblea Constituyente Paralela por iniciativa ciudadana.
La entidad informó que en el nuevo documento constituido por 18 artículos se incluyen innovaciones tecnológicas para facilitar a los ciudadanos realizar dicho trámite.
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Las actualizaciones fundamentan en el Decreto 16 del 8 de junio de 2021, se subroga el Decreto 2 del 4 de febrero de 2021, que reglamenta el trámite de recolección de firmas para la convocatoria a una Asamblea Constituyente Paralela por iniciativa ciudadana, así como sus modificaciones y se adopta un nuevo texto único.
Se conoció que con la implementación de tecnología digital de punta para la recolección de firmas, con dispositivos móviles, se pretende evitar la aglomeración de personas y minimizar la posibilidad de contagios de la covid-19.