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Nacionales

Pleno de la Corte declara inconstitucional protección especial para los servidores públicos

La iniciativa aprobada por insistencia fue impulsada por el diputado independiente Edison Broce
Publicado el: 13 de octubre del 2021, 12:10 PM
Por Lorenzo Abrego
Pleno de la Corte declara inconstitucional protección especial para los servidores públicos
los servidores públicos mayores de 60 años y en riesgo podían solicitar medidas alternas o rotación de actividades ante el peligro de contagiarse de la covid-19.


El Pleno de la Corte Suprema de Justicia declaró “inexequible” (inconstitucional) proyecto de ley aprobado por insistencia que dictaba medidas de protección para los servidores públicos mayores de 60 años y en riesgo de contagio ante la covid-19.

El proyecto de ley presentado en el 2020, en plena pandemia, establecía que los servidores públicos podían acogerse al teletrabajo de manera parcial o completa. Además si el funcionario público desempeñaba funciones para las cuales su presencia física era indispensable podría solicitar una reasignación de funciones. Todo esto relativo al tema la pandemia de la covid-19.

Pero las medidas no quedaban ahí, si un servidor público mayor de 60 años y en riesgo de contagio de la covid-19 consideraba que el teletrabajo y reasignación de funciones eran insuficientes podía solicitar la modalidad de ausencia justificada por permiso retribuido recuperable.

Añadía más, los servidores públicos mayores de 60 años y en riesgo podían solicitar medidas alternas o rotación de actividades ante el peligro de contagiarse de la covid-19.

Como era de esperarse, el Ejecutivo vetó este proyecto de ley que establecía medidas para la protección de los servidores públicos mayores de 60 años de edad, mujeres embarazadas, personas con discapacidad o convalecientes de cáncer, enfermedades crónicas degenerativas o en estado de inmunodeficiencia que podían contagiarse mientras dure la pandemia.

Los diputados insistieron en su “protección especial” ante las objeciones del Ejecutivo y le tocó al Pleno de la Corte dirimir su constitucionalidad o no.

El pasado 25 de agosto los magistrados decidieron que era inconstitucional y la medida fue notificada mediante edicto por la Secretaría General de la Corte el pasado martes 12 de octubre a las 10:00 a.m.

Los magistrados que votaron a favor de la inexequibilidad fueron: Ángela Russo (ponente) , Carlos Vásquez Reyes, Olmedo Arrocha, José Ayú Prado, Cecilio Cedalise, Maribel Cornejo, Hernán De León, Luis Ramón Fábrega y María Eugenia López.

La decisión del Pleno de la Corte no deja de ser interesante porque aunque la pandemia de la covid-19 parece controlada en Panamá, todavía hay sectores públicos que no se han reintegrado al trabajo presencial como es el caso de algunos docentes por temor a contagiarse de la covid-19 en algunos centros educativos del país.

LEA TAMBIÉN: Costa Rica hace obligatoria la vacuna, Bolsonaro se molesta y Cuba baja casos

Este proyecto de ley fue presentado en abril del 2020 por el diputado independiente Edison Broce y el panameñista Everardo Concepción.

El 23 de septiembre del 2020 fue aprobado nuevamente en tercer debate luego de las objeciones del Ejecutivo y este lo remitió a la Corte para que se dirimiera su constitucionalidad. La ponente fue la magistrada Ángela Russo.





Etiquetas: Pleno de la CorteInexequebilidadAsamblea Nacionalservidores públicosvetoEjecutivo

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