El Ministerio de Salud (Minsa), dispuso que será competencia de los directores de subcentros, centros, policentros de salud y Minsa-Capsi de sancionar con multas desde 10 hasta 500 dolares a quienes incumplan las medidas de restricción de la movilidad, pretender o pasar un puesto de control sin salvoconducto, no usar mascarillas en la vía pública, ignorar la realización de una prueba de diagnostico para la covid-19, realizar reuniones sin autorización del Minsa, operaciones de establecimientos comerciales no autorizados, la utilización de parques. áreas deportivas y sociales fuera de los parámetros establecidos por las autoridad sanitaria y circular.
Además será sancionada la persona que siendo sospechosa de la covid-19 y que están sujetas a cuarentena, sean encontradas fuera del lugar determinado por la autoridad sanitaria para cumplir la medida.
Los directores Regionales de Salud sancionaran con multas de 501 hasta 5 mil dolares las siguientes conductas:
— Incurrir en grado de reincidencia en algunas conductas sancionadas en primera instancia por los directores de las instalaciones de salud
— Violación de los cercos sanitarios o puestos de control
— Realización de actividades de construcción sin autorización previa del Minsa
— Incumplimiento de los parámetros establecidos por la autoridad sanitaria
— Circulación de personas determinadas por la autoridad sanitaria como sospechosa de la covid-19 que estén sujetas a cuarentena y sean encontradas en supermercados, hipermercados, estaciones de transporte pública, lugares o áreas de concurrencia masiva, circulación de personas diagnosticadas como positivas de la covid-19 que transiten fuera del lugar ordenado para el cumplimiento de su aislamiento.
El director general de Salud Pública impondrá multas de cinco mil uno a cien mil dolares las siguientes conductas:
— Incurrir en grado de reincidencia en las conductas sancionadas en primera instancia por los Directores Regionales de Salud
— Circulación de personas diagnosticadas como positivas de la covid-19, sujetas a aislamiento, encontradas en supermercados, hipermercados, estaciones de transporte público, lugares o áreas de concurrencia masiva y ante la existencia de un concurso material de faltas o violaciones de las normas sanitarias.
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El Decreto Ejecutivo No 961 de 18 de agosto de 2020, firmado por el presidente de la República, Laurentino Cortizo y el ministro de Salud Luis Francisco Sucre, también establece que cuando se compruebe, a través de los mecanismos de localización que disponga el Estado, que la persona diagnosticada sospechosa o positiva por la covid-19, sujeta a cuarentena o aislamiento, no se encuentra en su domicilio o lugar indicado por el Minsa, la autoridad sanitaria o los agentes auxiliares procederán a trasladarlo de forma inmediata al hotel hospital o recinto que se disponga, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.