A través del Decreto N° 34 de 5 de febrero de 2021, el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas reglamentó la Ley 191 de 18 de diciembre de 2020, que dicta medidas temporales sobre el uso de la cuenta individual de los afiliados al Sistema de Ahorros y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos (Siacap) en atención al Estado de Emergencia Nacional por la covid-19.
La citada ley crea un documento negociable denominado Siacap solidario, en la modalidad de pagaré, con el propósito de brindar una fuente de alivio financiero a los afiliados al sistema que estén afectados en su seno familiar por la crisis económica producto de la pandemia del coronavirus.
El decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 29218-A de 12 de febrero de 2021 en el artículo 4 establece que durante la vigencia de la ley, los servidores públicos podrán solicitar hasta el 70% del saldo disponible de su cuenta individual con 12 meses de anticipación a la fecha de cumplimiento de 57 para las mujeres, y 62 años para los hombres.
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La solicitud de Siacap solidario se realizará mediante una herramienta digital desarrollada por la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG). El afiliado ingresará al portal www.panamadigital.gob.pa y de no estar registrado deberá hacerlo.
El beneficio del Siacap solidario podrá ser pagado al afiliado mediante cheque, ACH o efectivo; según las condiciones establecidas por el Banco Nacional de Panamá.


