ePaper
    X
    • ePaper
    • Blogs
    • Nacionales
    • Policiales
    • Deportivas
    • Farándula
    • Mundo
    • Salud
    • Ponle la firma
    • Curiosidades
    Nacionales

    Revisan la posibilidad de no reelección de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social

    El periodo de los directivos es de cinco años escalonados.
    Publicado el: 25 de noviembre del 2021, 09:16 pm
    Por Sonia Navarro
    CORPRENSA
    Revisan la posibilidad de no reelección de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social


    La Mesa Plenaria del Diálogo Nacional por la Caja de Seguro Social (DNC) entró a revisar una propuesta presentada por la Comisión Temática de Gestión y Administración, que tiene que ver con el periodo, remoción y facultades de los miembros principales de la Junta Directiva y la Presidencia de este Órgano colegiado.

    Se trata de la modificación de los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 51 de 2005, que se refieren a la Junta Directiva, así como el artículo 29 que trata de la Presidencia de este Órgano Superior.

    Una de las modificaciones revisadas es referente al periodo de los miembros de la Junta Directiva y sus suplentes, que es de cinco años escalonados, en el que se analizó la posibilidad que no tengan derecho a la reelección inmediata o que solo se permita una reelección.

    Otra modificación que se debatió, fue el aumento en la autorización de gastos del Director General, que pasaría de 250 mil a 750 mil dólares.

    Entre el sinnúmero de facultades que tiene la Junta Directiva están aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones de la Institución, para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto General del Estado. La Junta Directiva podrá solicitar al Director General las modificaciones o adecuaciones que estime convenientes, además aprobar, por medio de resolución, los estados financieros de la Caja de Seguro Social al cierre del periodo fiscal.

    También debe presentar un informe anual sobre el ejercicio de sus funciones. Así mismo, deberá aprobar el informe anual de la gestión y los resultados financieros de la Institución, presentados por el Director General. Ambos deberán ser publicados en un diario de circulación nacional.


    Etiquetas: CSSJunta DirectivaLey 51Panamá

    Ofertas exclusivas de cerokm.com

    LAS MÁS LEÍDAS

      1SnowlandPTY: así será el primer parque de nieve real en Panamá
      2Sonrisa de oreja a oreja: Papá de Dayra Caicedo llega a audiencia de la Operación Nodriza
      3Fronterizo herido en un extraño hecho fuera de servicio
      4Magia y lágrimas: Sandra Sandoval celebra los 15 de Kamila con mensaje que toca el corazón
      5El ‘hombre más guapo de India’ se casa con su amiga de infancia y arrasa en redes

    Lotería


    Corprensa Apartado 0819-05620 El Dorado Ave. 12 de Octubre, Hato Pintado Panamá, República de Panamá


    • Corporativo Corprensa
    • La Prensa
    • Mi Diario
    • Ellas
    • Martes Financiero
    • Revista K
    • Content Studio
    • Tus Tiquetes
    • Programa Educativo
    • Busca Fácil
    • Club de Suscriptores de La Prensa
    • A la Mesa
    • f5pa
    • Metro por Metro
    • Impresa Plus
    • Asistente Financiero
    Iniciar Sesión
    Registro
    ¿Necesitas ayuda?Políticas de Privacidad