La juez de Garantías del Sistema Penal Acusatorio del Primer Circuito Judicial de Panamá, Oris Medina, accedió a la solicitud de trabajo comunitario de Luis Alexander Barahona, de 25 años de edad, quien fue condenado por el delito contra el patrimonio económico (hurto), en perjuicio de un peregrino estadounidense, el pasado sábado 26 de enero de 2019, mediante sentencia #118, donde se estableció un acuerdo de pena de 56 meses de prisión, como pena principal, y B./ 150.00 de multa, como pena accesoria.
Observó la juez que al señor Barahona se le dio libertad para proporcionar las notas autorizando el trabajo comunitario; que cumple con los requisitos necesarios en cuanto a funciones, horario y supervisor. Además, le indicó al imputado que se le prohíbe el uso de armas, mantener riñas, usar malas palabras, llegar en estado etílico, así como qué hacer en caso de faltar, porque se trata de un reemplazo de pena de prisión.
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La defensa Pública, representada por Migdalizeth Gómez, quien solicitó una audiencia ante un juez de Garantías para el reemplazo de la pena privativa de libertad por trabajo comunitario en la Junta Comunal de Mateo Iturralde, sustentó que realizará labores de albañilería, pintura, corte de grama, recolección de basura, los días lunes de 8:00 a.m. a 12:00 m.d. y los martes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
El Ministerio Público, representado por la fiscal Adyanis Valdés, en su momento, se opuso a la solicitud, pese a que la nota presentada por la defensa indica funciones, horario y supervisor, por ser un hurto con destreza a un turista extranjero, ya que se trata de una víctima vulnerable. En vista que de este hecho se registró en horas de la noche cuando regresaba de un evento de la Jornada Mundial de la Juventud (JMJ).
En ese sentido, la defensa pidió que se acogiera la petición, ya que existe una sentencia donde el imputado admitió el hecho, se recuperó el bien y se cumplen con los procedimientos buscando la reinserción a la sociedad, retribuirla para hacerle frente a la responsabilidad.
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