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                  Visita conyugal. Así hacen el amor los privados de libertad en las cárceles panameñas. Chequea los requisitos

                  El privado de libertad puede hacer la solicitud
                  Publicado el: 05 de junio del 2019, 01:12 AM
                  Por Redacción Mi Diario
                  CORPRENSA
                  Visita conyugal. Así hacen el amor los privados de libertad en las cárceles panameñas. Chequea los requisitos
                  SOLICITUD. SE DEBE HACER POR ESCRITO A TRAVÉS DE UN FORMULARIO.


                  Mantener relaciones sexuales es el mejor antide- presivo, reduce el riesgo de infarto y une más a la pareja, según expertos. Por eso la sexualidad se considera como parte integral del desarrollo humano y la salud.

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                  Las visitas íntimas en las cárceles panameñas están permitidas precisamente para atender el derecho a la familia y a la salud de un porcentaje de la población que está en los regímenes probatorios y de prelibertad, independientemente que se encuentren condenados o en prisión preventiva.

                  Estas visitas están permitidas una vez al mes con el esposo/a o persona unida al interno/a o por análoga relación de afectividad, tienen dos horas de duración como mínimo y cinco como máximo, salvo causas de fuerza mayor.

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                  Cómo se solicitan

                  El privado de libertad puede hacer la solicitud para la visita íntima a través de su abogado o él mismo, llenando un formulario que existe para tal fin, luego de esto se giran los oficios respectivos. La falta de coordinación constituye una de las dificultades que se suele presentar.

                  Según el protocolo para acceder a la visita íntima, la persona visitante debe proveer la ropa de cama y los artículos de higiene personal. La Dirección General del Sistema Penitenciario (DGSP) procurará proporcionar preservativos previo a la visita.

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                  La Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc) recomendó a Panamá mediante una opinión técnica consultiva en el 2013 que se debe hablar de visita íntima y no conyugal, pues esto último implica que el Estado aplica este derecho fundamental como una medida para ‘fortalecer el vínculo familiar’, ve el derecho a la familia, no así el derecho a la libertad sexual.

                  Derecho a la sexualidad

                  La sexualidad se considera como parte esencial del desarrollo humano y como consecuencia pasa a ser protegida por el contenido y alcance del derecho a la salud, por eso al detenido se le tiene que garantizar este beneficio. La realidad, según el abogado Félix Paz, es que este es uno de los derechos donde se puede considerar hay avances en lo que respecta a los privados de libertad, en algunos penales más que en otros.

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                  Agregó que en La Joya y La Joyita falta mejorar la coordinación para que se dé más este beneficio, contrario a la Mega Joya, donde se han habilitado lugares con las condiciones adecuadas para que se den las visitas íntimas.

                  CORPRENSAVisita conyugal. Así hacen el amor los privados de libertad en las cárceles panameñas. Chequea los requisitos

                  En el interior del país, en algunos centros penales no existen las condiciones para que se cumpla con este derecho, por lo que es una tarea pendiente que tiene el Sistema Penitenciario.


                  Etiquetas: Visita conyugalprivados de libertadcárcelesLa JoyaLa Joyita

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