El aumento o disminución del Impuesto de Bienes Inmuebles nada tiene que ver con la Ley 66 del 29 de octubre de 2015 que descentraliza la administración pública.
EL Código Fiscal desarrollado en la Ley 8 de 27 de enero de 1956 en el artículo 768 establece que los avalúos serán generales, parciales o específicos.
Los bienes con un valor catastral menor de 30 mil dólares están libres del pago de impuesto de bienes inmuebles.
La Autoridad Nacional de Tierras (Anati) es la entidad que tiene la facultad de realizar avalúos generales, parciales y específicos de los bienes inmuebles inscritos en el Registro Público para determinar la base del impuesto, pero esto solo lo podrá hacer una vez el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), haya concluido un proceso de actualización de valores catastrales.
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Medida
El proceso de actualización catastral fue suspendido por el MEF en noviembre de 2013 y en el artículo 89 de la Ley de Descentralización se dejan sin efecto todas las resoluciones que ya habían sido suspendidas por el MEF.
El MEF aclaró que a la fecha no se ha aumentado el impuesto de inmueble. En el año 2016 se recaudó 17. 3 millones de dólares lo que representa un 11.5% más, comparado con el año anterior.
El artículo 48 de la Constitución Política señala que la propiedad privada implica obligaciones para su dueño por razón de la función social que debe llenar.
Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos en la Ley, puede haber expropiación mediante juicio o indemnización.
El artículo 276 de la Constitución señala que: 'La Asamblea Nacional no podrá expedir leyes que deroguen o modifiquen las que establezcan ingresos al presupuesto, sin que al mismo tiempo establezca nuevas rentas sustitutivas o aumente las existentes previo informe de la Contraloría sobre la efectividad de las mismas'.
Nota: Sonia Navarro


