ePaper
    X
    • ePaper
    • Blogs
    • Nacionales
    • Policiales
    • Deportivas
    • Farándula
    • Mundo
    • Salud
    • Ponle la firma
    • Curiosidades
    Mundo

    PARA VENEZOLANOS. Pasaportes vencidos tendrán una prorroga de dos años

    Publicado el: 10 de octubre del 2017, 03:07 pm
    Por Redacción Mi Diario
    CORPRENSA
    PARA VENEZOLANOS. Pasaportes vencidos tendrán una prorroga de dos años
    Default Image


    El pasaporte venezolano podrá ser prorrogados por 2 años a partir de la fecha de su revalidación, con el decreto N°6 en el marco del Estado de Excepción y Emergencia Económica.

    El Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Interior y Justicia serán los organismo encargados en dictar los lineamientos correspondientes.

    TAMBIÉN PUEDES LEER: FUERTE IMAGEN. Hombres descuartizan a un perro para comer en Quinta Crespo

    Los procedimientos utilizados para la prorroga no deben vulnerar los demás elementos de seguridad del documento de viaje, establecidos en el ordenamiento jurídico nacional ni las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (Oaci).
    El decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

    A continuación vea la publicación en Gaceta Oficial nº 6.333

    DECRETO N° 6 EN EL MARCO DEL ESTADO DE EXCEPCIÓN Y DE EMERGENCIA ECONÓMICA MEDIANTE EL CUAL SE AUTORIZA
    LA PRÓRROGA DE LOS PASAPORTES VENEZOLANOS

    Artículo 1°. El Pasaporte venezolano podrá ser prorrogado por un periodo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de su respectiva revalidación, en los términos establecidos en el presente Decreto.

    TAMBIÉN PUEDES LEER: NO ERA VENEZOLANO. Aeropuerto de Tocumen se pronuncia por hombre que se orinó

    Artículo 2°. Los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y de Relaciones Exteriores, dictarán los lineamientos que correspondan a las Secciones Consulares de las Misiones Diplomáticas, Oficinas Consulares y Oficinas del Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería (SALME) para proceder a la prórroga de los Pasaportes.

    Artículo 3°. Los procedimientos utilizados para la prórroga del pasaporte no podrán vulnerar los demás elementos de seguridad del Documento de Viaje establecidos en el ordenamiento jurídico nacional ni las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

    Artículo 4°. Los Ministerios del Poder Popular con competencia en materia de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y de Relaciones Exteriores, quedarán encargados de la ejecución de este Decreto.

    TAMBIÉN PUEDES LEER: Actriz venezolana de la serie panameña 'Una maid en Paitilla' nos pide respeto

    Artículo 5°. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

    Dado en Caracas, a los ocho días del mes de octubre de dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia, 158° de la Federación y 18° de la Revolución Bolivariana.

    CC/ Informe21


    Ofertas exclusivas de cerokm.com

    LAS MÁS LEÍDAS

      1¡Bomba! Agarran al supuesto padre y al supuesto primo de Dayra Caicedo
      2Parque Lefevre estrena bus gratis hacia 12 de Octubre
      3Joven colombiano de 17 años hallado muerto en edificio en la avenida Nacional
      4Sonrisa de oreja a oreja: Papá de Dayra Caicedo llega a audiencia de la Operación Nodriza
      5Página No Encontrada | Noticias Mi Diario Panamá - Farándula, Deportes y Más

    Lotería


    Corprensa Apartado 0819-05620 El Dorado Ave. 12 de Octubre, Hato Pintado Panamá, República de Panamá


    • Corporativo Corprensa
    • La Prensa
    • Mi Diario
    • Ellas
    • Martes Financiero
    • Revista K
    • Content Studio
    • Tus Tiquetes
    • Programa Educativo
    • Busca Fácil
    • Club de Suscriptores de La Prensa
    • A la Mesa
    • f5pa
    • Metro por Metro
    • Impresa Plus
    • Asistente Financiero
    Iniciar Sesión
    Registro
    ¿Necesitas ayuda?Políticas de Privacidad