La publicación en Gaceta Oficial el pasado martes del Decreto Ejecutivo 590 que reduce el tiempo de vigencia de un carné de trámite migratorio, generó ayer mucha confusión.
El Decreto que modificó el segundo párrafo del artículo 16 de la norma ejecutiva del 8 de agosto de de 2008 quedó así:
El Servicio Nacional de Migración otorgará un carné de trámite por el término de seis (6) meses a los extranjeros que presenten solicitud de permisos dentro de las Categorías y Subcategorías Migratorias de Residentes Temporales y Residentes Permanentes'.
Mientras que el primer párrafo del mismo artículo, que queda intacto, expone:
Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirás visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad.
Estas disposiciones supusieron para muchos, sobre todo extranjeros que están en el país, que el tiempo de estadía en Panamá para turistas se reducía de 180 días, que es en la actualidad, a 90 días (tres meses), lo que no era cierto.
Javier Carrillo, director de Migración, explicó a Mi Diario que la modificación aplica para los extranjeros de países que ingresan a Panamá con visas de turismo y, que en virtud de que realizan ante el Servicio Nacional de Migración trámites para permisos de residentes temporales o permanentes, se les otorgaba un carné de un año.
En virtud de que esa tramitación no duraba ni cinco meses, decidimos acortar el periodo del carné a seis meses', detalló Carrillo.
El funcionario no se refirió al pedido hechos en diversos sectores, incluyendo diputados de la Asamblea Nacional, que solicitan que el tiempo de estadías para extranjeros que ingresan al país en calidad de turistas (con o sin visas) se reduzca, al considerar que los seis meses que se otorgan son demasiados y son aprovechados para realizar otras actividades.
Redacción Web


