El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) se pronunció sobre la Resolución 19-17 de 31 de agosto de 2017 publicada en Gaceta Oficial que establece que los nuevos requisitos que debe cumplir una empresa para establecer su sede de empresa multinacional en Panamá.
Tras la salida de la resolución en Gaceta se desinformó al mencionar que extranjeros podrán ejercer profesiones reservadas para nacionales.
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El MICI señaló que 'esta resolución por ningún motivo permite que profesionales extranjeros puedan ejercer profesiones en Panamá que por ley son exclusivas para panameños'.
Sobre esta medida se llegó a decir que 'extranjeros pueden ejercer profesiones reservadas para los panameños'.
Dentro de los seis requisitos para las empresas están los siguientes puntos:
- Formulario de solicitud preparado por la Secretería Técnica de la Comisión
- Los activos del grupo empresarial deben ser mayores a $200 millones de dólares o contar con 2,500 profesionales universitarios, que cuenten con la idoneidad para su ejercicio conforme a la legislación del país donde obtuvo dicho título.
- En el caso de establecer la Casa Matriz en Panamá, contar con un capital mínimo inicial de $2 millones de dólares.
En una nota que desinformó sobre el tema, se llegó a mencionar que los extranjeros podrían ser contratados si los mismos cuentan con la idoneidad según 'los requerimientos de sus país de origen' y que 'sin pasar por juntas técnicas existentes' se podrán hacer de los puestos laborales.
Finalmente, el MICI reafirmó categóricamente su compromiso en respetar las leyes laborales vigentes en la República de Panamá y en consecuencia no negociará el ejercicio de profesiones reservadas para los panameños, ni la contratación de extranjeros en estas profesiones en el territorio nacional.



