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    Establecen medidas laborales por restricción de la movilidad y toque de queda

    Las empresas podrán seguir operando a través de distintas modalidades
    Publicado el: 30 de diciembre del 2020, 01:14 pm
    Por Sonia Navarro
    MITRADEL
    Establecen medidas laborales por restricción de la movilidad y toque de queda


    El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a través del Decreto Ejecutivo N° 231 del 29 de diciembre de 2020 estableció que las empresas a las que se les apliquen las medidas de restricción de movilización ciudadana, toque de queda o cuarentena total decretada por la autoridad sanitaria a partir del mes de enero de 2021, podrán ejecutar sus actividades a través de teletrabajo, permiso remunerado, trabajo a disponibilidad y demás contenida en las leyes laborales.

    En el artículo 3 del citado decreto se indica que las empresas que no hagan uso de las modalidades descritas, registrarán la suspensión de los contratos de sus trabajadores ante la Dirección General de Trabajo o las Direcciones Regionales. Dicha suspensión se mantendrá vigente hasta el 31 de enero de 2021, sin perjuicio del reintegro de los trabajadores a sus puestos de trabajo con antelación a la fecha indicada.

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    Los empleadores enviaran el listado de sus trabajadores a través de los medios digitales establecidos por Mitradel, entre el 31 de diciembre de 2020 y el 8 de enero de 2021, a las 4:00 p.m.

    En el artículo 9 del decreto publicado en la Gaceta Oficial N° 29186-B se señala que el cálculo de la prima de antigüedad, vacaciones, décimo tercer mes e indemnización, según corresponda para los trabajadores a los que se les haya suspendido su contrato o modificado temporalmente la jornada laboral, se realizará sobre la base del promedio de los salarios percibidos durante los 6 meses o el último salario mensual. anteriores al mes de marzo de 2020 según sea más favorable al trabajador.

    Además se señala que toda terminación de la relación de trabajo por mutuo consentimiento deberá constar por escrito y no implica renuncia de derechos.

    El Órgano Ejecutivo a través del Decreto N° 1686 de 28 de diciembre de 2020, estableció del 4 al 14 de enero nuevas medidas sanitarias que restringen la movilización ciudadana en las provincias de Panamá y Panamá Oeste debido al comportamiento social y al alto índice de contagio de la covid-19.



    Etiquetas: covid-19Toque de quedaEmpresasPanamá OestePanamá

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