ePaper
    X
    • ePaper
    • Blogs
    • Nacionales
    • Policiales
    • Deportivas
    • Farándula
    • Mundo
    • Salud
    • Ponle la firma
    • Curiosidades
    Nacionales

    Procurador de la Administración opina que toque de queda no es inconstitucional

    Al contestar una demanda admitida por la Corte Suprema de Justicia
    Publicado el: 19 de septiembre del 2020, 07:06 pm
    Por Sonia Navarro
    Procurador de la Administración opina que toque de queda no es inconstitucional
    Rigoberto González, procurador de la Administración.


    Luego de analizar las razones por las que el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Salud impuso un toque de queda en todo el país, el procurador de la Administración Rigoberto González consideró que no es inconstitucional el Decreto Ejecutivo 490 de 17 de marzo de 2020 que establece la medida.

    Por tal razón recomienda a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declarar que no es inconstitucional el decreto en el que se sustenta la acción.

    En respuesta a la consulta realizada por la CSJ el procurador González plantea que la medida de toque de queda se caracteriza por ser temporal, necesaria y proporcional , porque satisface el interés público y social de la salud en general, restringiendo en menor grado, la libertad de circulación, sin discriminación puesto que la medida se aplica a toda la población.

    PUEDE LEER: La covid-19 cobró la vida de 16 personas en las últimas 24 horas en Panamá

    Además plantea que el toque de queda adoptado por el decreto impugnado satisface una necesidad social imperiosa e impostergable que en cuanto que es temporal y efectiva, se ajusta estrechamente al logro de un objetivo público legitimo de prevención y control de la enfermedad del coronavirus, a fin de salvaguardar la vida humana y evitar el colapso de los sistemas sanitarios del país.

    González señala que en las normas constitucionales la salud constituye un derecho fundamental del individuo y de la población en general, atribuyéndole al Estado una función esencial de protegerla, adoptando las acciones que sean necesarias y proporcionales para combatir las enfermedades transmisisbles.

    La demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Ejecutivo N° 490 de 17 de marzo de 2020 (Que declara el Toque de Queda en la República de Panamá y dicta otras disposiciones), fue presentada por los abogados José Alberto Álvarez y Rubén Elías Rodríguez, actuando en su propio nombre y representación.

    La CSJ, luego de admitir la demanda de inconstitucionalidad contra el toque de queda, abrió un espacio de 10 días para que el demandante y todas las personas interesadas presenten por escrito sus argumentos sobre este caso.



    Etiquetas: Toque de quedaMINSACSJProcurador de la AdministraciónPanamá

    Ofertas exclusivas de cerokm.com

    LAS MÁS LEÍDAS

      1Tragedia en el Día de la Madre: hombre mata a mujer, luego se quita la vida dejando a 5 niños en orfandad
      2El ‘hombre más guapo de India’ se casa con su amiga de infancia y arrasa en redes
      3Jubilados y pensionados reciben bono doble en diciembre
      4El sonido que traicionó a Carlos Vives en el concierto del Día de las Madres
      5¡Se le acabó la corredera! Allanamiento tumbó a ‘Chemberre’, uno de los más buscados del país

    Lotería


    Corprensa Apartado 0819-05620 El Dorado Ave. 12 de Octubre, Hato Pintado Panamá, República de Panamá


    • Corporativo Corprensa
    • La Prensa
    • Mi Diario
    • Ellas
    • Martes Financiero
    • Revista K
    • Content Studio
    • Tus Tiquetes
    • Programa Educativo
    • Busca Fácil
    • Club de Suscriptores de La Prensa
    • A la Mesa
    • f5pa
    • Metro por Metro
    • Impresa Plus
    • Asistente Financiero
    Iniciar Sesión
    Registro
    ¿Necesitas ayuda?Políticas de Privacidad