Los centros educativos particulares cuya mensualidad no supere los 150 dólares recibirán un auxilio económico de octubre a diciembre de 2020 , esto con el propósito de que sean beneficiados los estudiantes cuyos padres de familia no han podido cumplir con el pago de la mensualidad.
En el Resuelto N° 4074 de 30 de noviembre de 2020, el Ministerio de Educación (Meduca), señala en el artículo 2 que se entiende por auxilio económico el subsidio para el padre de familia otorgado al centro educativo particular, destinado exclusivamente al pago de las mensualidades adeudadas por los padre de familia, que producto de la pandemia no han podido hacer frente al pago de las mensualidades.
Para que el Meduca otorgue el auxilio económico a los centros educativos particulares, estos deberán entregar a la Dirección Nacional de Educación particular la siguiente documentación:
-Memorial petitorio dirigido al Ministro (a) de Educación , suscrito por el representante legal del centro educativo, en el que sustente de manera clara y concisa la solicitud de auxilio económico.
-Copia autenticada de la cédula de identidad personal o pasaporte del representante legal o propietario del centro educativo.
- Copia autenticada del Resuelto de autorización de funcionamiento expedido por el Meduca, aquellos que no cuenten con la autorización entregarán una Certificación de la Dirección Regional de Educación respectiva para este trámite.
- Declaración jurada debidamente notariada de la cantidad de estudiantes activos matriculados a la fecha del año lectivo 2020 y costo de las mensualidades que pagan los padres de familia. En caso de que se haya realizado un acuerdo de ajuste al monto de la mensualidad estipulada con los padres de familia, deberá presentar copia autenticada del mismo.
-Declaración jurada debidamente notariada del monto individual y total de las mensualidades adeudadas por parte de los padres de familia del centro educativo. Las declaraciones juradas incluyen las advertencias de posibles responsabilidades penales.
- Copia autenticada de la organización escolar, correspondiente al año lectivo, debidamente aprobada por la Dirección Regional correspondiente.
¿Y SI INCUMPLEN?
Los centros educativos que no hayan completado el trámite de autorización de funcionamiento se le concederá un plazo de seis meses para culminar el mismo.
En el artículo 4 del citado resuelto se crea la Comisión de Auxilio Económico, adscrita al Despacho Superior la cual tendrá como funciones recibir, evaluar, procesar y determinar el monto a otorgar de acuerdo a la morosidad de los estudiantes morosos, verificar la viabilidad del otorgamiento de las solicitudes de auxilio económico, velar por el buen uso del subsidio otorgado y ejercer cualquier otra función establecidas y vigentes para el buen funcionamiento de la comisión.
TAMBIÉN PUEDES LEER: Reforzarán la seguridad del sistema. La próxima semana implementarán pin de seguridad para vale digital
Los centros educativos particulares tendrán hasta el 4 de diciembre de 2020 para entregar la solicitud de auxilio económico, junto con la documentación establecida.
El centro educativo particular tendrá la obligación de comunicar mediante nota formal a todos los padres de familia que directamente se vean beneficiados con el auxilio económico.
Los centros particulares beneficiados están en la obligación de informar a la Dirección Nacional de Educación Particular el uso del subsidio otorgado y esta enviará un informe a la comisión.



