La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) emitió un comunicado dirigido a los medios de comunicación, tanto tradicionales como digitales, recordando la prohibición de divulgar información que permita la identificación de menores involucrados en procesos judiciales o administrativos.
Según la entidad, el artículo 210 de la Ley 285 establece sanciones de entre B/.1,000 y B/.5,000 para aquellos medios que publiquen o difundan nombres, imágenes, datos personales, actos o documentos que permitan identificar a niños, niñas o adolescentes sin la autorización de un juez o fiscal competente.
SENNIAF aclaró que la sanción se mantiene incluso si se cuenta con autorización de los padres o tutores, y que también se aplica en casos donde la publicación de imágenes de menores se utilice para ilustrar acciones u omisiones de carácter delictivo o que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
El comunicado enfatiza que el objetivo de estas disposiciones es proteger los derechos de la niñez y adolescencia, evitar su revictimización y garantizar un entorno de respeto y dignidad en el tratamiento mediático de casos sensibles.
La institución hizo un llamado firme a los medios para que se ajusten a la normativa vigente y sean responsables en la cobertura de noticias que involucren a menores de edad.
