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Nacionales

Corte admite otras cuatro demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 406

La Ley 406 de 2023 establece el nuevo contrato entre el Estado y Minera Panamá.
Publicado el: 31 de octubre del 2023, 08:45 PM
Por Getzalette Reyes
Por Eliana Morales Gil
CORPRENSA
Corte admite otras cuatro demandas de inconstitucionalidad contra la Ley 406
Miles de personas han salido a protestar contra el contrato minero. LP/Elysée Fernández


Otras cuatro demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 406 del 20 de octubre de 2023 fueron admitidas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), se informó este martes 31 de octubre.

De esta forma, las seis demandas que hasta la fecha se habían presentado ante esta instancia han sido recibidas por los magistrados de la Corte.

La Ley 406 del 20 de octubre de 2023 establece el nuevo contrato entre el Estado y Minera Panamá. En los últimos diez días, esta ley ha motivado a que distintos grupos ciudadanos salgan a protestar −a nivel nacional− para mostrar el descontento por el controvertido contrato para la explotación mineral en Donoso, por 40 años, adjudicado a la empresa minera First Quantum Minerals.

Ayer, lunes 30 de octubre, las magistradas Miriam Cheng y María Cristina Chen Stanziola, admitieron las demandas de inconstitucionalidad presentadas en su momento por los abogados Ernesto Cedeño Alvarado y Roberto Ruiz Díaz, respectivamente. A estas se le corrió traslado al procurador general de la Administración, Rigoberto González, y al procurador general de la Nación, Javier Caraballo, respectivamente, para que en un término no mayor de diez días hábiles emitan concepto.

De igual forma, este martes 31 de octubre, otras dos magistradas sustanciadoras admitieron dos demandas más de inconstitucionalidad presentadas en su momento por un grupo de 13 abogados, y por la firma forense Estudio Jurídico Cedeño, de las cuales también se corrió traslado por un término de 10 días hábiles para emitir concepto también a González y Caraballo.

La presentada por Estudio Jurídico Cedeño, fue admitida por la magistrada Ángela Russo.

En días pasados, este tribunal admitió la demanda presentada por Juan Ramón Sevillano, expediente que quedó en manos de la magistrada María Eugenia López. Mientras que la que promovió Martita Cornejo Robles, fue admitida por el magistrado Olmedo Arrocha.

El Órgano Judicial recordó que, de conformidad con lo establecido en el artículo 2564 del Código Judicial para este tipo de procesos, una vez devuelto el expediente con el concepto del procurador, se publicará un edicto por tres días en un periódico de circulación nacional, para que en el término de 10 días hábiles (contados a partir de la última publicación) el demandante y todas las personas interesadas en el caso presenten sus argumentos por escrito a través de abogado.

Vencido el término anterior, el magistrado sustanciador examinará todos los escritos que se hayan presentado y procederá a confeccionar un proyecto de decisión que pondrá a consideración de las magistradas y magistrados que conforman la Corte, quienes podrán presentar observaciones y consideraciones que serán analizadas en sesión del pleno.

Entretanto, las manifestaciones ciudadanas han continuado en el país, pese a los anuncios de una convocatoria de consulta popular sobre la permanencia de la mina y de la presentación de un proyecto de ley que prohíbe otorgar nuevas concesiones para la explotación de minería metálica.


Etiquetas: Corte Suprema de JusticiaMinería

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