El Ministerio de Salud (MINSA), mediante la Resolución No 574 de 19 de junio de 2020, además de autorizar las actividades relacionadas con la abogacía, permite la movilidad de todas aquellas personas que deban comparecer a audiencias, citaciones conciliaciones o diligencias que se realicen ante autoridad competente.
Para esto la persona deberá portar la citación, boleta o nota emitida por dicha autoridad.
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En cuanto a la operación de las oficinas de abogado solamente podrán operar de lunes a viernes de 8:00 a.m a 5:00 p.m y no podrán exceder la capacidad máxima de 30% del total de trabajadores.
Deben cumplir con los lineamientos para el retorno a la normalidad de las empresas post covid-19 en Panamá y emitir el salvoconducto para el personal conforme al horario de trabajo.
El incumplimiento de las disposiciones será sancionada por la autoridad sanitaria, sin perjuicio de las sanciones que correspondan en la esfera judicial.